El Kit Digital es un programa del Gobierno español con el objetivo de fomentar la digitalización de autónomos y pequeñas empresas, dentro del marco de la dotación de más de 3.000 millones de euros de los fondos Next Generation de la Unión Europea.
Esta iniciativa consiste en un abanico de subvenciones de hasta 12.000€ a las que se puede acoger las pymes para implantar soluciones tecnológicas en sus proyectos que les puedan ayudar a crecer y a completar sus servicios.
Como agente digitalizador, hemos preparado una serie de soluciones que te ayudarán a hacer tu empresa más competitiva:
Categoría: Sitio WEB y presencia básica en Internet |
El servicio de creación de una página web a medida se hace utilizando el gestor de contenidos WordPress y personalizando alguna de los millones de plantillas disponibles. El precio varia según cada proyecto. Tu página web tendrá las siguientes características: sin límite de contenido, imágenes o vídeos. Diseño personalizado con plantillas Premium de tu elección. Certificado de seguridad SSL gratuito. Optimizado para los principales buscadores. Segura, estable y actualizable. Precio personalizado utilizando bonos de horas. Desde 2.000€ + IVA |
Categoría: Comercio electrónico |
Podrás tener tu propia tienda online sin límite de artículos o categorías. Cobrarás tus ventas a través de tu propia pasarela bancaria de pagos o los métodos más tradicionales: ingreso o transferencia, Paypal, contrar-reembolso, etc. Si ya estás vendiendo en otras plataformas, puedes reducir las comisiones que pagas al mínimo. Desde 2.000€ + IVA. |
Categoría: Presencia Avanzada en Internet |
El servicio de posicionamiento web está enfocado en mejorar las posiciones de tu página web en Google. Para conseguirlo, realizamos una estrategia completa de mejora de la calidad de tu web. Desde 2.000€ + IVA. |
Requisitos para solicitar las ayudas del Kit digital
- Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo (máximo 49 trabajadores).
- Estar registrado en Acelera Pyme y realizar el test digital.
- No superar el límite de ayudas de pequeña cuantía.
- Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
- Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
¿Cómo solicitar el Kit Digital?
El primer paso es registrarse en la web: https://www.acelerapyme.gob.es/quieres-conocer-el-grado-de-digitalizacion-de-tu-pyme
Haz click en el botón de Iniciar sesión:
Si no tienes cuenta, click en Regístrate ahora
Rellena los datos de tu empresa.
Presenta la solicitud de ayuda en la sede electrónica de Red.es (sede.red.gob.es) si cumples los requisitos requeridos (explicados a continuación).
¿Qué se puede subvencionar?
Se trata de mejoras que realices a tu proyecto online que sustituyan a los servicios digitales actuales como el diseño web accesible para el usuario cumpliendo con las pautas WCAG-2.1.
Otra mejora funcional puede ser que adaptes el diseño de tu web o tu tienda online para que se vea bien desde cualquier dispositivo. Lo que también se llama diseño responsive.
También te puedes acoger a esta subvención si lo que quieres es optimizar tu ecommerce o site para que aparezca en las páginas de los principales buscadores. Es lo que se conoce como SEO básico.
Mejoras no subvencionables
Las ayudas de este programa no cubren, por ejemplo, el desarrollo, progreso o aumento de las soluciones digitales que tengas actualmente implantadas.
Tampoco entrarían dentro de las subvenciones del Kit Digital para PYMES, la actualización de las versiones de software, ni las actualizaciones o mejoras de las versiones.
Si solo necesitas modificar el diseño de tu web o ecommerce porque ha cambiado tu identidad visual corporativa o, simplemente, porque te gustaría actualizarlo, tampoco podrías optar a estas ayudas.